Esta noche vamos a celebrar la institución en los ministerios laicales de un miembro de nuestra Parroquia. Pero, ¿qué son los ministerios laicales?
Los ministerios son oficios instituidos oficialmente por la Iglesia y conferidos por ella, mediante un rito litúrgico especial que comporta una bendición del Obispo, para ejercerlos en nombre de la Iglesia. Actualmente, en la Iglesia latina hay dos ministerios no ordenados e instituidos en este sentido: el “lectorado” y el “acolitado”. Aunque sean ministerios laicales, deben ser también recibidos por los candidatos a la Orden sagrada del diaconado y del presbiterado.
LECTORADO
El Lector es instituido para el oficio de leer la Palabra de Dios en la asamblea litúrgica. Por lo tanto, en la Eucaristía y en las demás acciones sagradas, le compete a él proclamar las lecturas de la Sagrada Escritura (exceptuando el evangelio). Si falta el salmista, recita el salmo interleccional, enuncia las intenciones de la oración universal de los fieles cuando no haya diácono o cantor, dirige el canto y la participación de los fieles e instruye a éstos para que reciban dignamente los sacramentos. Cuidará la preparación de otros fieles que, por eventual encargo, deban leer la Sagrada Escritura en la liturgia.
ACOLITADO
El Acólito queda instituido para ayudar al diácono y prestar su servicio al sacerdote. Es propio del Acólito cuidar el servicio del Altar, asistir al diácono y al sacerdote en las funciones litúrgicas, principalmente en la celebración de la Eucaristía, y distribuir, como ministro extraordinario, la Sagrada Comunión. En circunstancias especiales se le podrá encargar que exponga públicamente a la adoración de los fieles el Sacramento de la Sagrada Eucaristía y haga después la reserva. Podrá también ocuparse de la instrucción de los fieles que ayudan en los actos litúrgicos.